La Justicia frenó el freno del Gobierno y ordenó aplicar ya la Ley de Emergencia en Discapacidad
El Juzgado Federal de Campana dio un revés directo al Gobierno y ordenó la puesta en marcha inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad, dejando sin efecto la maniobra del Ejecutivo que había condicionado su aplicación.
El fallo también suspendió el artículo que obligaba al Congreso a especificar el origen de los fondos para implementar la norma, exigencia incorporada por el Gobierno a través del Decreto 681/2025.
La Ley 27.793 había sido aprobada en julio, declarando la emergencia en discapacidad hasta 2027. Aunque el Ejecutivo la vetó alegando “equilibrio fiscal”, el Congreso insistió y la ley quedó promulgada sin objeciones.
Sin embargo, el Gobierno intentó frenar su entrada en vigencia imponiendo requisitos adicionales no previstos por la Constitución.
La demanda fue presentada por padres de niños con Certificado Único de Discapacidad, quienes advirtieron que el congelamiento de la ley dejaba sin cobertura y sin derechos esenciales a miles de personas: tratamientos, educación, servicios y asistencia básica.
Los demandantes remarcaron que el Ejecutivo no puede subordinar una ley aprobada democráticamente a un decreto de menor jerarquía. También señalaron que la demora profundizaba el ya grave desfinanciamiento del sistema de prestaciones, afectando instituciones, profesionales y familias enteras.
El juez Adrián González Charvay calificó como inválido el artículo 2 del decreto presidencial y recordó que el Gobierno está obligado constitucionalmente a aplicar la ley tal como fue sancionada.
“Al suspender la ejecución de una ley que debe aplicar, el Poder Ejecutivo excede de forma manifiesta sus facultades”, afirmó, advirtiendo también una violación al principio de supremacía constitucional.
El magistrado rechazó además los argumentos fiscales del Gobierno, recordando que el propio Congreso ya había autorizado reasignaciones presupuestarias para financiar la ley. Desde diciembre de 2023, señaló, se realizaron más de 19 reasignaciones para otras áreas sin inconvenientes.
La sentencia subraya la urgencia para niños, adultos mayores y personas con discapacidad en situación de vulnerabilidad, y ordena garantizar de inmediato la protección prevista por la ley.
La acción contó con el respaldo de numerosas organizaciones del sector, entre ellas la Red de Asistencia por los Derechos y la Integración Social, la Mesa de Trabajo en Discapacidad y Derechos Humanos, FAICA, CAIDIS, AIEPESA, ATAECaDis y el Colectivo 3 de Diciembre.
